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Proyecto de Ley: pedido a Morchio y Gieco por el cuidado del Delta

Fundación CAUCE, Cultura Ambiental – Causa Ecologista, presentó el jueves una nota en la Cámara de Senadores de Entre Ríos, dirigida al presidente de la Comisión de Producción, Francisco Morchio (Gualeguay-JxC), y a la presidenta de la Comisión de Legislación General, Claudia Gieco (Diamante-FJ), para fijar posición respecto a los proyectos de ley que establece un régimen para el uso de islas y humedales para las actividades productivas.

Las organizaciones argentinas que integramos el programa Humedales Sin Fronteras, CAUCE, Casa Ríos, FARN y Taller Ecologista, expresamos que debido a los reiterados y numerosos incendios “el Delta se encuentra en estado de emergencia ambiental y social” y, por lo tanto, “requiere de soluciones que se construyan a largo plazo, nacidas de una discusión seria y en un ámbito participativo amplio que convoque a pobladores de la zona, organizaciones de la sociedad civil, profesionales con conocimientos específicos, y a los municipios que albergan estos territorios”.

En la nota cuestionamos la rapidez con que se buscar tratar este proyecto de ley y expresamos que “no se condice con la sensibilidad y complejidad de los territorios de islas y humedales del Delta del Paraná. Más aún con los antecedentes ampliamente conocidos por la sociedad que frenó oportunamente el avance de la ley provincial 10.092 que creaba Arroz del Delta S.A., que a su vez derogaba la anterior ley N° 9603. Posteriormente la ley 10.100 deroga la 10.092 por lo que consideramos debe ser detenidamente considerada la vigencia de la ley 9603”.

“Es evidente que este proyecto llega también en una total ausencia normativa protectoria de los humedales a nivel provincial y nacional y en un contexto de nulas reglamentaciones de órganos y herramientas ambientales establecidas en nuestra Constitución a partir de su última reforma. Entre Ríos no ha sancionado una norma que proteja estos ecosistemas de alto valor, como si lo ha realizado, por ejemplo, la Provincia de Santa Fe, no cuenta con una ley de evaluación de impacto ambiental, menos con una que establezca el ente que indica el artículo 84 -encargado del diseño y aplicación de la política ambiental- ni el Consejo Económico y Social del artículo 53. No obstante, advertimos con gran preocupación que para este proyecto no se ha tenido en cuenta la amplitud protectoria que se encuentra establecida tanto en las Cartas Magnas nacional, como la provincial respecto del suelo y del agua, tratados internacionales y reciente jurisprudencia de nuestra Corte Suprema de la Nación. En ésta última, se ha destacado, y en un caso especial para nuestra Provincia, los principios pro acqua y pro natura y la estricta necesidad de abordar los territorios de humedales de manera integral tanto en sus beneficios como en sus amenazas”.

Entendemos que es fundamental “que se trabaje en una ley que realmente sirva para las personas que habitan y trabajan en estos territorios, atendiendo sus necesidades y dificultades, conforme ya fuera atendido en un proceso tan caro a nuestra historia ambiental provincial de cooperación y coordinación con las otras provincias en un contexto de emergencia por incendios similar a la presente, cuando se desarrolló el PIECAS. En los dos documentos que lo componen: Línea de Base y Evaluación Ambiental Estratégica existen delineadas acciones concretas que a lo largo de estos años se podrían haber desarrollado y ejecutado, principalmente, un adecuado ordenamiento ambiental territorial del Delta en su conjunto y como sistema de humedales”.

En ese sentido, las organizaciones consideramos que, si “realmente existe la voluntad política de actuar por el Delta, su biodiversidad, sus actividades y sus pobladores es preciso que el cambio de modelo de gestión del territorio parta de la base de generar un espacio participativo de decisiones y que la autoridad de aplicación sea permeable a este tipo de formas de trabajo, con una lógica que no sea netamente productivista en el sentido que lo entiende el Ministerio de Producción. Así, se deberían generar permisos solo para producciones realmente sustentables y para pobladores que habitan y cuidan los bienes naturales, pues dejar en manos del Ministerio de la Producción la reglamentación de una ley que no especifica qué entiende por ‘uso sustentable’, siendo que para el mencionado ministerio es sustentable el uso de agroquímicos, como también la extracción de minerales que se envían al yacimiento de Vaca Muerta para la extracción de hidrocarburos no convencionales, es sumamente grave”.

Asimismo sostuvimos que “sería conveniente realizar censo poblacional, de actividades productivas que se desarrollan en el Delta de modo de poder reconocer sus modos y medios de vida y tener en cuenta los conceptos y profusos análisis que se tienen sobre la dinámica de los humedales y su biodiversidad. Y que la reglamentación de la presente ley no puede estar a cargo de la autoridad de aplicación, debiendo ser ésta la que elija o adopte un procedimiento público determinado. Ésta debe serlo con participación ciudadana, principalmente de organizaciones de la sociedad civil, instituciones y pobladores en función de la onerosidad o gratuidad que significará la concesión de usos en unos casos o en otros”.

“Finalmente, entendemos que la asignación de recursos al fondo que se pretende crear debe ser con fines claramente distintos a los consignados en el proyecto y únicamente respecto de las tierras de dominio público. Debe ser para el control y protección del Delta, entendido como una política de estado que proteja los sistemas de humedales para las generaciones presentes y futuras, considerando de manera pormenorizada los trabajos ya realizados en este territorio, como el relevante aporte que significa el Informe Final producido por la Consultoría BID en el proyecto ‘Delta Sustentable’».

La nota también fue enviada a todos los integrantes de la Comisión de Legislación General (Amavet, Bagnat, Berthet, Dal Molíin, Maradey y Miranda) y a los integrantes de la Comisión de Producción (Kloss, Amavet, Fuertes, González, Migueles y Santa Cruz).

Consideraciones al Proyecto de Ley de uso de Tierras Fiscales 

01/08/20

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