{"id":3041,"date":"2021-08-06T17:26:24","date_gmt":"2021-08-06T17:26:24","guid":{"rendered":"https:\/\/cauceecologico.org\/?p=3041"},"modified":"2021-08-06T17:29:43","modified_gmt":"2021-08-06T17:29:43","slug":"declaracion-universal-de-los-derechos-de-los-rios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cauceecologico.org\/?p=3041","title":{"rendered":"Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos de los R\u00edos"},"content":{"rendered":"<p class=\"\">Fundaci\u00f3n CAUCE: Cultura Ambiental &#8211; Causa Ecologista, se suma al movimiento internacional para proteger los r\u00edos. Sum\u00e1 tu firma por la adopci\u00f3n de la Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos de los R\u00edos <span style=\"color: #3366ff;\"><strong><a style=\"color: #3366ff;\" href=\"https:\/\/www.rightsofrivers.org\/#sign\">ac\u00e1.\u00a0<\/a><\/strong><\/span><\/p>\n<p class=\"\"><strong>La declaraci\u00f3n establece que todos los r\u00edos son:<\/strong><\/p>\n<ul data-rte-list=\"default\">\n<li>\n<p class=\"\">Entidades vivientes.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p class=\"\">Con derecho a derechos fundamentales.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p class=\"\">Con derecho a tutores legales.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p class=\"\">Estos derechos se extender\u00e1n a la salud de las cuencas hidrogr\u00e1ficas y fluviales.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p class=\"\">Las comunidades ind\u00edgenas estar\u00e1n representadas en la tutela del r\u00edo.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p class=\"\">Todos los estados implementar\u00e1n estos derechos y proporcionar\u00e1n los recursos necesarios para garantizar que se hagan realidad.<\/p>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p class=\"\"><span style=\"color: #3366ff;\"><a style=\"color: #3366ff;\" href=\"https:\/\/www.rightsofrivers.org\/#declaration\"><strong>LA DECLARACI\u00d3N UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DE LOS R\u00cdOS<\/strong><\/a><\/span><\/p>\n<p class=\"\"><strong>PRE\u00c1MBULO<\/strong><\/p>\n<p class=\"\">RECONOCIENDO que los r\u00edos son esenciales para la vida toda porque sustentan una maravillosa diversidad de especies y ecosistemas, alimentan los humedales y otros h\u00e1bitats acu\u00e1ticos con abundante agua, suministran nutrientes que dan vida a los estuarios costeros y los oc\u00e9anos, transportan sedimentos a los deltas de los r\u00edos repletos de vida, y desempe\u00f1an otras funciones ecol\u00f3gicas esenciales,<\/p>\n<p class=\"\">\u00a0CONSCIENTES de que los r\u00edos tambi\u00e9n desempe\u00f1an un papel vital en el funcionamiento del ciclo hidrol\u00f3gico de la Tierra, y que la viabilidad de los r\u00edos para desempe\u00f1ar este papel depende de numerosos factores, incluido el mantenimiento de las cuencas hidrogr\u00e1ficas circundantes, las llanuras aluviales y los humedales,<\/p>\n<p class=\"\">RECONOCIENDO la dependencia absoluta de las personas de los r\u00edos y los sistemas basados en el agua, que sustentan la vida humana al proporcionarnos agua limpia y abundante para beber y para el saneamiento, suelo f\u00e9rtil, fuentes de alimentos para millones de personas, recreaci\u00f3n, usos culturales y nutrici\u00f3n del esp\u00edritu humano, como lo han hecho desde el comienzo de la civilizaci\u00f3n humana,<\/p>\n<p class=\"\">CONSIDERANDO con preocupaci\u00f3n que los seres humanos han causado una contaminaci\u00f3n significativa de los r\u00edos en todo el mundo, incluso con materia org\u00e1nica de aguas residuales y alcantarillado, desechos pl\u00e1sticos, pat\u00f3genos y nutrientes de la agricultura y contaminantes de la industria, adem\u00e1s de muchas otras formas y fuentes de contaminaci\u00f3n, con la consiguiente disminuci\u00f3n de la salud acu\u00e1tica y biodiversidad, as\u00ed como extensos impactos negativos en la salud humana,<\/p>\n<p class=\"\">CONSIDERANDO con preocupaci\u00f3n las desviaciones excesivas de v\u00edas fluviales y las extracciones de aguas subterr\u00e1neas han reducido significativamente los caudales en los r\u00edos de todo el mundo, y muchas v\u00edas fluviales se est\u00e1n secando por completo ahora, a pesar del consenso cient\u00edfico de que los caudales adecuados son fundamentales para la supervivencia de los ecosistemas fluviales y sirven como elemento vital de muchas aguas dulces y fluviales que dependen de los r\u00edos y ecosistemas ribere\u00f1os,<\/p>\n<p class=\"\">CONSIDERANDO con preocupaci\u00f3n que los seres humanos han causado cambios f\u00edsicos a gran escala en los r\u00edos a trav\u00e9s de represas y otras infraestructuras, lo que incluye la construcci\u00f3n de m\u00e1s de 57.000 grandes represas en\u00a0todo el mundo que impactan dos tercios de todos los r\u00edos, lo que resulta en h\u00e1bitats, biodiversidad reducida, poblaciones de peces en peligro, cambio clim\u00e1tico exacerbado y sedimentos y nutrientes retenidos que son fundamentales para la salud del ecosistema r\u00edo abajo,<\/p>\n<p class=\"\">\u00a0ENCONTRANDO que las leyes nacionales e internacionales relativas a las v\u00edas fluviales son enormemente inadecuadas para proteger la salud integral de los r\u00edos y las cuencas hidrogr\u00e1ficas por igual, y que estas leyes tampoco garantizan a las generaciones actuales y futuras de seres humanos y otras especies, as\u00ed como a los ecosistemas, un suministro adecuado de agua limpia agua para satisfacer sus necesidades b\u00e1sicas,<\/p>\n<p class=\"\">CONSIDERANDO de que todas las personas, incluidas las comunidades ind\u00edgenas y otras comunidades locales de todas las espiritualidades, han sostenido durante mucho tiempo, a trav\u00e9s de sus tradiciones, religiones, costumbres y leyes, que la naturaleza (a menudo llamada \u00abMadre Tierra\u00bb) es una entidad portadora de derechos, y que los r\u00edos en particular, son entidades sagradas que poseen sus propios derechos fundamentales,<\/p>\n<p class=\"\">CONSIDERANDO que la degradaci\u00f3n y explotaci\u00f3n de los r\u00edos no es solo un problema ambiental, sino tambi\u00e9n una preocupaci\u00f3n por los derechos de los pueblos ind\u00edgenas y otras comunidades locales, ya que la destrucci\u00f3n de los r\u00edos amenaza la existencia y el modo de vida de quienes dependen de los sistemas fluviales para su vida y bienestar,<\/p>\n<p class=\"\">RECONOCIENDO el creciente n\u00famero de gobiernos en todo el mundo que buscan revertir la tendencia actual de degradaci\u00f3n ambiental global reconociendo y haciendo cumplir los derechos inherentes de la naturaleza, incluso a trav\u00e9s de una enmienda constitucional en Ecuador[1], dos leyes nacionales en el Estado Plurinacional de Bolivia[2] y Uganda[3] numerosas\u00a0enmiendas constitucionales estatales\u00a0en M\u00e9xico[4] y decenas de ordenanzas sobre los derechos de la naturaleza en los Estados Unidos[5] y Brasil[6],<\/p>\n<p class=\"\">GUIADO\/AS ADEM\u00c1S por el creciente reconocimiento legal de los derechos inherentes de los r\u00edos, incluso a trav\u00e9s de un tratado de Nueva Zelanda que reconoce al r\u00edo Whanganui (o \u00abTe Awa Tupua\u00bb) como \u00abun todo indivisible y vivo\u00bb y \u00abuna persona jur\u00eddica\u00bb, con tutores designados representar los intereses del River[7];\u00a0una decisi\u00f3n de la Corte Constitucional de Colombia que dictamina que la cuenca del r\u00edo Atrato posee derechos de \u201cprotecci\u00f3n, conservaci\u00f3n, mantenimiento y restauraci\u00f3n\u201d y otros fallos judiciales en toda Colombia que establecen los derechos de los r\u00edos y cuencas[8];\u00a0varias resoluciones aprobadas por los nativos americanos, incluida una resoluci\u00f3n del Consejo General Nez Perce que reconoce los derechos del r\u00edo Snake a existir, florecer, evolucionar, fluir, regenerarse y restaurarse[9], y una resoluci\u00f3n de la tribu Yurok que reconoce los derechos del r\u00edo Klamath para existir, florecer y evolucionar naturalmente libre de contaminantes y contaminaci\u00f3n[10];\u00a0un fallo del Tribunal Superior de Bangladesh seg\u00fan el cual todos los r\u00edos tienen derechos legales[11];\u00a0y una sentencia de la Corte Provincial de Ecuador que hace valer los derechos constitucionales del r\u00edo Vilcabamba y pide su remediaci\u00f3n y rehabilitaci\u00f3n[12],<\/p>\n<p class=\"\">ENTENDIENDO que el reconocimiento de los Derechos de la Naturaleza, y en particular el reconocimiento de los Derechos de los R\u00edos contenidos en esta Declaraci\u00f3n, propiciar\u00e1 la creaci\u00f3n de un nuevo paradigma jur\u00eddico y social basado en la convivencia con la naturaleza y en el respeto tanto de los Derechos de la Naturaleza como de los Derechos Humanos, en particular con referencia a las necesidades urgentes de las comunidades ind\u00edgenas y los ecosistemas que han protegido durante mucho tiempo.<\/p>\n<p class=\"\">1. Declara que TODOS LOS R\u00cdOS TIENEN DERECHOS FUNDAMENTALES enunciados en esta Declaraci\u00f3n, que surgen de su propia existencia en nuestro planeta compartido.<\/p>\n<p class=\"\">2. Declara adem\u00e1s que todos los r\u00edos son ENTIDADES VIVAS que poseen personalidad jur\u00eddica en un tribunal de justicia.<\/p>\n<p class=\"\">3. Establece que todos los r\u00edos deber\u00e1n poseer, como m\u00ednimo, los siguientes DERECHOS FUNDAMENTALES:<\/p>\n<ul data-rte-list=\"default\">\n<li>\n<p class=\"\">EL DERECHO A FLUIR[13],<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p class=\"\">EL DERECHO A DESEMPE\u00d1AR FUNCIONES ESENCIALES DENTRO DE SU ECOSISTEMA[14],<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p class=\"\">EL DERECHO A ESTAR LIBRES DE CONTAMINACI\u00d3N,<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p class=\"\">EL DERECHO A ALIMENTAR Y SER ALIMENTADO POR ACU\u00cdFEROS SOSTENIBLES,<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p class=\"\">EL DERECHO A LA BIODIVERSIDAD NATIVA Y<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p class=\"\">DERECHO A LA REGENERACI\u00d3N Y RESTAURACI\u00d3N;<\/p>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p class=\"\">4. Establece adem\u00e1s que estos derechos tienen por objeto no solo garantizar la salud de los r\u00edos, sino tambi\u00e9n LA SALUD DE LAS VERTIENTES Y LAS CUENCAS de las que forman parte los r\u00edos, as\u00ed como la salud de todos los ecosistemas y seres naturales en ellos, todos los cuales poseen, como m\u00ednimo, los derechos fundamentales para existir, prosperar y evolucionar<\/p>\n<p class=\"\">5. Mantiene que para asegurar la plena implementaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de estos derechos, cada r\u00edo tendr\u00e1 derecho a la designaci\u00f3n independiente de uno o m\u00e1s tutores legales que act\u00faen espec\u00edficamente EN NOMBRE DE LOS DERECHOS DEL R\u00cdO y que puedan representar al r\u00edo en cualquier procedimiento legal o ante cualquier organismo gubernamental facultado para afectarlo, con al menos un tutor legal REPRESENTANTE IND\u00cdGENA de aquellos r\u00edos de los que tradicionalmente dependen las comunidades ind\u00edgenas<\/p>\n<p class=\"\">6. Determina que los MEJORES INTERESES del r\u00edo seg\u00fan lo determinen sus tutores legales, ser\u00e1n evaluados y\u00a0tomados en cuenta\u00a0tanto por el gobierno como por entidades privadas en todas las acciones o decisiones que conciernen a dichos r\u00edos<\/p>\n<p class=\"\">\u00a07. Resuelve que todos los estados implementar\u00e1n estos derechos en su totalidad dentro de un per\u00edodo de tiempo razonable, incluso desarrollando y actuando sobre UNA EVALUACI\u00d3N INTEGRADA de la salud de las cuencas hidrogr\u00e1ficas de acuerdo con los conocimientos cient\u00edficos m\u00e1s recientes y en asociaci\u00f3n con todas las partes interesadas<\/p>\n<p class=\"\">\u00a08. Insta encarecidamente a todos los gobiernos a garantizar mecanismos financieros r\u00e1pidos y adecuados para hacer realidad estos DERECHOS FUNDAMENTALES SOBRE LOS R\u00cdOS, incluido el derecho de todos los r\u00edos a la restauraci\u00f3n<\/p>\n<p class=\"\">\u00a09. Afirma que los gobiernos deben considerar el desmantelamiento todas las represas y otras infraestructuras destructivas que carezcan de un prop\u00f3sito social y ecol\u00f3gico convincente.\u00a0Los proyectos de desarrollo que afecten adversamente los sistemas fluviales solo ocurrir\u00e1n cuando sea necesario para lograr un prop\u00f3sito social y ecol\u00f3gico convincente que no pueda cumplirse por otros medios razonables, y con el TOTAL CONSENTIMIENTO, LIBRE, PREVIO E INFORMADO DE LAS COMUNIDADES IND\u00cdGENAS Y OTRAS COMUNIDADES AFECTADAS, incluidas las comunidades marginadas y con el uso de las mejores tecnolog\u00edas disponibles para preservar la salud del ecosistema.\u00a0A largo plazo, la sociedad deber\u00e1 encontrar alternativas a las represas que permitan corredores de cuencas fluviales que fluyan libremente y progresar gradualmente hacia un mundo libre de represas de una manera que se respeten los derechos de las comunidades humanas y no humanas que se han adaptado al status quo.<\/p>\n<p class=\"\"><strong>NOTAS AL PIE DE P\u00c1GINA <\/strong><\/p>\n<p class=\"\">1. Rep\u00fablica del Ecuador, Constituci\u00f3n de 2008, Arts.\u00a010, 71, 72, 73 y 74.<\/p>\n<p class=\"\">2. Bolivia, Ley de los Derechos de la Madre Tierra, Ley 071 (2010);\u00a0Bolivia, Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para el Vivir Bien, Ley 300 (2012).<\/p>\n<p class=\"\">3. Uganda, Ley Ambiental Nacional (2019).<\/p>\n<p class=\"\">4. Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado Libre y Soberano de Guerrero (2016);\u00a0Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de la Ciudad de M\u00e9xico (2017);\u00a0Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado Libre y Soberano de Colima (2019).<\/p>\n<p class=\"\">5. Ver, por ejemplo, la Ordenanza No. 612 de 2006, Tamaqua Borough, Schuylkill County, Pennsylvania (2006);\u00a0Ordenanza del Ayuntamiento de Santa M\u00f3nica que establece los derechos de sostenibilidad \u00a7 4.75.040 (b) (2013).<\/p>\n<p class=\"\">6. Ver, por ejemplo, Modificaci\u00f3n de la Ley Org\u00e1nica 7\/2018 de 16\/05\/2018, Ayuntamiento de S\u00e3o Paulo (2018);\u00a0Modificaci\u00f3n de la Ley Org\u00e1nica N \u00b0 03, de 5 de enero de 2018, Ayuntamiento de Paudalho (2018).<\/p>\n<p class=\"\">7. Proyecto de ley Te Awa Tupua (Acuerdo de reclamaciones del r\u00edo Whanganui) (2017).<\/p>\n<p class=\"\">8. Acci\u00f3n de tutela interpuesta por el Centro de Estudios para la Justicia Social \u201cTierra Digna\u201d contra la Presidencia de la Rep\u00fablica y otros, Rep\u00fablica de Colombia, Corte Constitucional, Expediente T-5.016.242 (10 de noviembre de 2016).\u00a0Ver tambi\u00e9n el R\u00edo de la Plata (2019, Juzgado Civil Municipal de La Plata);\u00a0tres r\u00edos del Tolima, entre ellos el Coello, Combeima y Cocora (2019, Tribunal Administrativo del Tolima);\u00a0la Cuenca del R\u00edo Cauca (2019, Tribunal Superior de Medell\u00edn);\u00a0Cuenca del R\u00edo Pance (2019, Juzgado Tercero de Ejecuci\u00f3n de Sentencias y Medidas de Seguridad de Cali);\u00a0y el R\u00edo Ot\u00fan (2019, Juzgado Cuarto de Ejecuci\u00f3n Penal de Pereira).<\/p>\n<p class=\"\">9. Consejo General de Nez Perce, SPGC20-02, Resoluci\u00f3n que establece los derechos del r\u00edo Snake (18 al 20 de junio de 2020).<\/p>\n<p class=\"\">10. Consejo Tribal Yurok, Resoluci\u00f3n por la que se establecen los derechos del r\u00edo Klamath (9 de mayo de 2019).<\/p>\n<p class=\"\">11. Tribunal Superior de Bangladesh (2019) (establece el r\u00edo Turag como ser vivo y persona jur\u00eddica, y luego extiende este estatus legal a todos los r\u00edos).<\/p>\n<p class=\"\">12. Audiencia Provincial de Loja, Sentencia No. 11121-2011-0010 (30 de marzo de 2011).<\/p>\n<p class=\"\">13. Los caudales deben, como m\u00ednimo, seguir patrones de caudal naturales y ser suficientes en cantidad para mantener la salud del ecosistema de todo el sistema fluvial.<\/p>\n<p class=\"\">14. Estos incluyen el mantenimiento de la conectividad horizontal y longitudinal, las inundaciones, el movimiento y el dep\u00f3sito de sedimentos, la recarga de las aguas subterr\u00e1neas, la provisi\u00f3n de un h\u00e1bitat adecuado para la flora y la fauna nativas y otras funciones esenciales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Fundaci\u00f3n CAUCE: Cultura Ambiental &#8211; Causa Ecologista, se suma al movimiento internacional para proteger los r\u00edos. Sum\u00e1 tu firma por la adopci\u00f3n de la Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos de los R\u00edos ac\u00e1.\u00a0 La declaraci\u00f3n establece que todos los r\u00edos son: Entidades vivientes. Con derecho a derechos fundamentales. Con derecho a tutores legales. 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