Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) viene realizando informes y acciones que señalan las deficiencias en la aplicación de la Ley Nacional N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, principalmente apuntando al desfinanciamiento del Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de Bosques Nativos creado por Artículo 31°, el cual establece que las partidas presupuestarias para dar cumplimiento a la ley no podrán ser inferiores al 0,3% del presupuesto nacional.
En la última década, el mismo no ha superado el 25% de ese 0,3% de los presupuestos anuales del Gobierno Nacional. Para 2.020, se previó por Ley de Presupuesto conformar el Fondo por una suma total de $609.829.000, lo cual sería el 3,25% del mínimo establecido por Ley N° 26.331. Esto significa que por hectárea (10.000 m2) de Bosque Nativo (según datos del Observatorio Nacional de Biodiversidad, se registran 41.846.257 hectáreas) la Argentina invierte para su protección, conservación y administración poco más de $14 (catorce pesos).
A razón de estos datos preocupantes, FARN presentó distintas solicitudes de acceso a la información pública ambiental (SAIPA), por medio de las cuales se requirió a las provincias que cuentan con bosques nativos en su territorio que indiquen qué actividades realizan en cumplimiento de los Presupuestos Mínimos establecidos, que cuantía del Fondo Nacional de Enriquecimiento y Conservación han recibido en los últimos años y qué destinos le han brindado al mismo. Además, se les requirió información sobre sus ordenamientos territoriales de Bosques Nativo.
En consonancia con ello, desde Fundación CAUCE se acompañaron tales acciones remitiendo distintas solicitudes de información pública ambiental a la Dirección de Producción Primaria de la Provincia, a fin reforzar los requerimientos efectuados por FARN y de requerir información en cuanto al cumplimiento de la Ley Provincial N°10.284 de Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo de la Provincia de Entre Ríos, cuya autoridad de aplicación es el Ministerio de Producción de la Provincia (actualmente, Ministerio de Producción, Turismo y Desarrollo Económico de Entre Ríos).
El 20 de febrero presentamos la última solicitud con el acompañamiento del Nodo Entre Ríos de la Red Argentina de Reservas Naturales Privadas.
Asimismo, a continuación un breve resumen de la información solicitada a partir de las distintas SAIPAS en su conjunto hasta el momento:
• Avances respecto al proceso de actualización del Ordenamiento Territorial de Bosque Nativo de la Provincia, sobre el cual se trabaja en conjunto con el Centro Regional de Geomática (CeReGeo). Y en relación a éste último ente, si se ha avanzado con la celebración de los Convenios de Participación en tal proceso.
• Se informe de qué manera y en qué plazos la Dirección prevé dar lugar a la participación ciudadana en dicho proceso de actualización. En este sentido, es oportuno señalar que la Ley Nacional N° 26.331 de Presupuestos Mínimos, en su Artículo 6°, dispone que cada jurisdicción realice el Ordenamiento Territorial de sus Bosques Nativos mediante un proceso participativo.
• Se proporcione información contable en cuanto a las partidas recibidas en el marco del Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de Bosques Nativos, en referencia al período 2.010-2.018, acompañando la solicitud efectuada por FARN oportunamente.
• Se informe de qué manera se ha dado cumplimiento al porcentaje establecido por Artículo 35° de la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, el cual dispone la aplicación del 70% del Fondo para la compensación de los Titulares de Superficies que conserven bosques nativos, y el restante 30% para la utilización por parte de la Autoridad de Aplicación de cada jurisdicción en pos del monitoreo, seguimiento y desarrollo de programas de sustentabilidad de las actividades que se desarrollan dentro de estos espacios naturales. En este mismo sentido, se expresa el Artículo 20° de la Ley Provincial N° 10.284.
• Se brinde información respecto a planes presentados por los titulares de superficies donde se ubican Bosques Nativos, el avance y evaluación de los mismos, qué monto de los fondos remitidos desde el Gobierno Nacional representan aquellos que se encuentran en condiciones de ser aprobados. Sugiriendo, a su vez, que si hubiere una saldo restante de los fondos recibidos, se elaboren y presenten ante las autoridades nacionales iniciativas en el marco de la Ley Provincial N° 10.284 que permitan el uso de aquellos fondos en proyectos locales de conservación, evitando la devolución de los mismos al ente nacional que correspondiera y, por ende, su falta de implementación en beneficio del territorio provincial.
• El estado en que se encuentra la formación de la Comisión Provincial de Bosque Nativo, a integrarse por la Autoridad de Aplicación (Ministerio de Producción), otras entidades de la producción, entidades y ONG ambientalistas, la Secretaría de Ambiente, el sector científico-tecnológico y las universidades; prevista por Artículo 6° de la Ley Provincial N° 10.284, y a la cual le corresponde asesorar en todos los asuntos referidos a dicha Ley, como así también, sugerir o propiciar la adopción de medidas necesarias para el cumplimiento de sus fines.
• Avances respecto a la formación de un Registro de Infractores en cuanto a las disposiciones de la Ley Provincial N° 10.284.
Material relacionado:
FARN – El presupuesto interanual entre 2013 y 2019
Respuesta de la Secretaria de Producción 4/11/2019
04/04/2020