En el marco del amparo ambiental interpuesto por Fundación CAUCE y AGMER contra el gobierno de la provincia de Entre Ríos, la Municipalidad de Ibicuy y la empresa YPF S.A., la jueza María Valentina Ramírez Amable solicitó información al Estado Provincial sobre la situación del Estudio de Impacto Ambiental acumulativo ordenado y el mecanismo mediante el cual se dará participación ciudadana sobre sus resultados. También se requirió conocer el estado de cumplimiento de la medida cautelar, dictada el 3o de enero y confirmada por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia el 1°de marzo, que prohíbe la instalación de emprendimientos de canteras y/o plantas de lavado de arenas silíceas en la zona afectada en el Delta entrerriano.
La resolución, firmada el viernes 7 de julio por la jueza de la Cámara II, Sala III de Apelación Civil y Comercial de Paraná, impuso:
1: Tener por cumplimentadas las obligaciones impuestas a la codemandada YPF SA en la sentencia del 22/10/2021.
2: Requerir al Estado Provincial, en el plazo de 10 días hábiles de notificado, informe circunstanciado respecto de:
I) Etapas realizadas y/o finalizadas del EIA acumulativo ordenado en las presentes. En caso de restar etapas por cumplir, indique las fecha probable de finalización, con presentación de cronograma actualizado.
II) En el supuesto de haberse finalizado y presentado el EIA acumulativo ordenado, indique fecha de finalización, acompañando sus conclusiones.
III) Forma y fecha en la que se dará a conocer el EIA acumulativo; si el mismo ha sido o será publicado y por qué medio.
IV) Mecanismo mediante el cual se dará la debida participación ciudadana respecto de los resultados del EIA acumulativo en el territorio afectado y para la ciudadanía entrerriana en general.
V) Informe respecto del estado de cumplimiento de la resolución del 30/01/2023, confirmada por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia el 01/03/2023.
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07/07/2023