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Delta

Medida cautelar: la justicia ordenó suspender la autorización de nuevas areneras

El juez de feria, Hugo González Elías, resolvió de manera favorable la medida solicitada por Fundación CAUCE de prohibición de innovar y ordenó al Estado Provincial que suspenda toda tramitación administrativa -en el estado en que se encuentren- que tenga por finalidad obtener una autorización administrativa de parte de emprendimientos de canteras y/o plantas de lavado de arenas silíceas en la zona afectada en el Delta entrerriano.

El pedido de la Fundación, presentado el 13 de enero, se originó a partir de la noticia que informaba sobre la realización de audiencias públicas en el departamento de Islas del Ibicuy para la instalación de dos canteras y planta de lavado en nuestra provincia, hecho que alteraría la situación actual dispuesta por orden judicial que implica la imposibilidad de habilitación de nuevas canteras en la zona hasta que se concluya el Estudio de Impacto Ambiental Acumulativo -con amplia participación ciudadana-, con el objeto de precisar los efectos que tiene sobre el ambiente la actividad de extracción de arenas silíceas. Con ese fin, desde CAUCE se solicitó que se ordene al Estado Provincial que se abstenga de habilitar nuevos emprendimientos.

La resolución del juez, con fecha del lunes 30 de enero, da cuenta en sus fundamentos del derecho fundamental, establecido en nuestra Constitución Provincial, «a vivir en un ambiente sano y equilibrado, apto para el desarrollo humano, donde las actividades sean compatibles con el desarrollo sustentable, para mejorar la calidad de vida y satisfacer las necesidades presentes, sin comprometer la de las generaciones futuras» y el deber del Estado Provincial de ser el principal defensor de los preciados recursos naturales existentes a lo largo y a lo ancho de nuestra provincia.

«Nuevamente hay un juez activo que comprende la importancia del cuidado de los humedales en una zona en donde actualmente se está extrayendo arenas silíceas y que aplica los principios del derecho ambiental como el principio precautorio, y el principio in dubio pro natura, que establece que en caso de duda todos los procesos ante tribunales y tomadores de decisión deberán ser resueltos de manera favorable para el ambiente y, también,  hace eco de sentencias de la Corte Suprema de la Nación», expresó la directora ejecutiva de Fundación CAUCE, Valeria Enderle, sobre la decisión de la justicia.

Resolución MEDIDA CAUTELAR por OROSMAYO

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31/01/23

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