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El Superior Tribunal de Justicia ratificó la sentencia que prohíbe la instalación de areneras

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos dictó sentencia y ratificó la suspensión de nuevos emprendimientos dedicados a  la extracción de arenas silíceas en el Delta entrerriano.

El gobierno provincial interpuso un recurso de apelación contra la resolución del 30 de enero pasado, que fue rechazado por mayoría el miércoles 1º de marzo.  Desde Fundación CAUCE celebramos esta noticia y seguimos exigiendo el desarrollo de Estudios de Impacto Ambiental que permitan conocer los efectos reales de esta actividad extractiva que se desarrolla en nuestros humedales.

Contexto:

El 13 de enero, Fundación CAUCE presentó un pedido de prohibición de innovar para que se ordene al Estado Provincial que se abstenga de habilitar nuevos emprendimientos. La medida cautelar solicitada surge a partir de la noticia en Era Verde que informaba sobre la realización de audiencias públicas en el departamento de Islas del Ibicuy para la instalación de dos canteras y planta de lavado en nuestra provincia, hecho que alteraría la situación actual dispuesta por orden judicial que implica la imposibilidad de habilitación de nuevas canteras en la zona hasta que se concluya el Estudio de Impacto Ambiental Acumulativo -con amplia participación ciudadana-, con el objeto de precisar los efectos que tiene sobre el ambiente la actividad de extracción de arenas silíceas.

El juez de feria, Hugo González Elías, resolvió el 30 de enero de manera favorable la medida solicitada por Fundación CAUCE de prohibición de innovar y ordenó al Estado Provincial que suspenda toda tramitación administrativa -en el estado en que se encuentren- que tenga por finalidad obtener una autorización administrativa de parte de emprendimientos de canteras y/o plantas de lavado de arenas silíceas en la zona afectada en el Delta entrerriano.

Sentencia STJ

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